jueves, 1 de abril de 2010

Noticia. La nueva Ley de Extranjería española

La crucifixión del inmigrante

Los latinoamericanos residenciados en España consideran que esta ley es arbitraria y deshumanizada y que recae con toda fuerza sobre miles de compatriotas que aún se encuentran en estado irregular.

Por Luis Carlos Lozano O. (*)
Ciudad Real, España.
En medio de la gran crisis económica que padece España en los últimos cuatro años, que afecta directamente a todos los inmigrantes (por el desempleo, la persecución y la xenofobia), el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero sancionó una nueva ley de extranjería, que entró en vigor el 13 de diciembre de 2009.

Lo hizo a pesar de la fuerte oposición de numerosas organizaciones sociales que realizaron marchas contra ella, pues la ley afectará a todos los extranjeros residentes en España.

La comunidad colombiana, la tercera más numerosa entre las colonias de latinoamericanos, figura entre las más afectadas, después de la ecuatoriana, que alcanza a 440.000 empadronados y es la mayoritaria.

Entre las novedades de esta nueva ley que nos afectan directa e indirectamente tenemos las siguientes: Reagrupación familiar
Los inmigrantes residentes en España con la segunda autorización de residencia (más de un año de estancia legal) podrán reagrupar a sus familiares directos (hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad), así como a su cónyuge o a su pareja de hecho.

Pero para reagrupar a sus ascendientes (padres o suegros) deben tener un permiso de residencia de larga duración (lo que hasta ahora se denominaba residencia permanente y que sólo se consigue tras cinco años de estancia legal en el país).

Además, se exige que dichos ascendientes sean mayores de 65 años de edad. Hay que demostrar la dependencia económica y que se dispone de alojamiento y de dinero suficiente para su manutención.Los hijos mayores de 16 años y el cónyuge o la pareja de hecho reagrupados tendrán permiso de trabajo de forma automática.

Renovaciones y periodo de retención
Para la renovación de las autorizaciones de residencia temporal se valorarán condenas por la comisión de un delito o falta, el cumplimiento de las obligaciones del extranjero en materia tributaria y de seguridad social, así como su esfuerzo de integración acreditado mediante un informe positivo de la Comunidad Autónoma.

PeriLos extranjeros que se hallen en situación irregular podrán ser sometidos a un período de internamiento en los CIE de 60 días. Hasta ahora, el período máximo de internamiento era de 40 días.

Explotación laboral
Además de abonar la multa correspondiente, los empresarios que contraten a inmigrantes en situación irregular deberán asumir los gastos que ocasione su repatriación.

También serán castigados con multas de entre 10.001 y 100.000 euros por cada inmigrante quienes simulen una relación laboral con un extranjero para lograr su regularización.Matrimonios por conveniencia
Contraer matrimonio con ánimo de lucro o para proporcionar a un extranjero el permiso de residencia será castigado con multas de entre 10.001 y 100.000 euros.

Hasta ahora, esta práctica no estaba castigada directamente porque era muy difícil de perseguir.

Expulsiones
La ley establece la prohibición de entrada en el país durante un período de hasta diez años. Los inmigrantes sorprendidos en situación irregular, que a juicio de la autoridad gubernativa no ofrezcan riesgo de fuga, tendrán un plazo de entre 7 y 30 días para retornar voluntariamente a su país de origen.

Si cumplen el compromiso podrá ser revocada la prohibición de entrada en el país que hasta ahora acarreaba toda expulsión. Los extranjeros residenciados en España consideran que esta ley es arbitraria y deshumanizada y recae con toda fuerza sobre centenares de compatriotas que aún se encuentran en estado irregular.

(*) Abogado y escritor colombiano, corresponsal en España.

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